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En ASESORIA GATIBEM S.L. contamos con un equipo de profesionales especializados en asesoria y gestion empresarial.

La formacion y actualizacion constante de conocimientos es una premisa en nuestro trabajo y nos permite estar al dia de las posibilidades que ofrece la legislacion en cada momento.

Promover la mas alta calidad en la atencion al cliente es el principal cometido de esta asesoria, por lo que prestamos un servicio personalizado a cada uno de nuestros clientes, acorde a las expectativas y necesidades de las empresas que contratan nuestros servicios.

Para ello, trabajamos con el mas alto nivel de organizacion, tanto administrativa y juridica como de coordinacion entre secciones y especialidades, con la voluntad de modernizar el servicio y elevar la atencion al cliente, en la actualidad mas exigente.
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GABITEM S.L.
Su Asesoria en Tomiño desde 1995

Novedades Fiscales:

Modificaciones tipos impositivos IVA: La Ley 26/2009, de Presupuestos Generales del Estado para 2.010, modifico los tipos general y reducido del Impuesto sobre el Valor Añadido con efectos a partir del uno de Julio del 2.010, de forma que el tipo general pasa del 16% al 18% y el tipo reducido pasa del 7% al 8%, sin que se haya producido alteracion alguna en relacion con el tipo superrreducido del 4% y con los tipos del recargo de equivalencia.

Medidas para el impulso de la recuperacion economica y el empleo:

El recientemente aprobado Real Decreto Ley 6/2010, de 9 de Abril, de medidas para el impulso de la recuperacion economica y el empleo, introduce modificaciones fiscales destinadas a recuperar la actividad en el sector de la construccion por la via, fundamentalmente, del impuslo fiscal a la actividad de la rehabilitacion de viviendas, y con el objetivo de contribuir a la eficiencia y al ahorro energetico.

Entre ellas: la nueva deduccion por obras de mejora en la vivienda habitual en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas, la aplicacion del tipo impositivo reducido del Impuesto sobre el Valor Anadido para todo tipo de obras de renovacion y reparacion de la vivienda particular y la ampliacion del concepto de rehabilitacion a efectos del Impuesto sobre el Valor Anadido.

Reduccion por mantenimiento o creacion de empleo:

Con efectos desde el uno de Enero del 2.009 y con vigencia para los ejercicios 2.009, 2.010 y 2.011, sera aplicable una reduccion del 20% sobre el rendimiento neto positivo declarado previamente minorado en su caso, por la reduccion por rendimientos generados en mas de dos anos u obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo y por la reduccion por el ejercicio de determinadas actividades economicas (articulo 32.2 LIRPF), siempre que se den determinados requisitos y se mantenga o se cree empleo en el ejercicio.


GABITEM S.L.Su Asesoria en TOMIÑO Telf.: 986 62 34 44